El 8 de enero de 2016 se presentó ante el Congreso de la República el Proyecto de Ley N° 5117/2015-CR el cual tiene como objetivo modificar el Art. 40° de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la “Ley”). Por el presente proyecto, se busca añadir un párrafo donde se establezcan las obligaciones adicionales que todo contratista deberá cumplir al ser contratado por el Estado. La propuesta quedó redactada de la siguiente manera:

“El contratista debe emplear no menos del 80% del personal local y/o del área de influencia de la obra, a fin de fomentar la contratación de personal local, pudiendo brindar para el efecto las oportunidades de capacitación requeridas”

Desde hace muchos años atrás, la falta de trabajo en el Perú es una de las preocupaciones más grandes de todos los ciudadanos. Los niveles que se han llegado a alcanzar en los últimos tiempos de desempleo son altísimos, pero lo que preocupa aún más es el empleo informal y las bajas condiciones laborales que muchas personas sufren día a día. El Perú se encuentra dentro de los países que muestran los peores datos respecto a la calidad de empleo, según un informe de la Comisión Económica para America Latina y el Caribe (Cepal), con estadísticas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Pareciera que por este motivo, y ante la preocupante situación en la que nos encontramos  principalmente en las zonas alejadas del país, que dicha propuesta legislativa busca que los contratistas establezcan la implementación de procedimientos de contratación que permitan que, con los recursos públicos, se fomente el empleo local, es decir, que al menos el 80% de los trabajadores de una determinada obra contratada por el Estado pertenezcan a el área de influencia de la obra.

Desde este punto de vista, la modificación que se anhela realizar al art. 40° de la Ley pareciera estar contribuyendo con el bien de la sociedad, fomentando un trabajo estable, otorgando las condiciones laborales que todo ciudadano se merece, fomentando el crecimiento económico del país y que así se genere una mayor estabilidad en el Perú. Sin embargo, no prevemos que dicha modificación pueda solucionar los problemas que busca atacar sino que, más bien, complicará la contratación de obras y servicios para el Estado.

En efecto, para la realización de obras donde el Estado contrata a privados, se requiere de personas con estudios especializados en lo técnico, científico, tecnológico, industrial, de ingenieria entre otros, que mediante la aplicación de sus conocimientos puedan desarrollar las actividades solicitadas. Lamentablemente, dichos requisitos no son cumplidos por muchos de los peruanos, especialmente los que se encuentran en las zonas alejadas, debido a la falta de educación que se presenta en tales lugares.

Según el análisis costo – beneficio presentado por el Congresista Justiniano Romulo Apaza Ordóñez, se determina que dicha modificación no generará gastos para el Tesoro Público, sino que por el contrario, fomentará el empleo con una estrategia de gestión social que promueva y procure la participación, equidad e inclusión de los ciudadanos en un trabajo estable. Sin embargo, dicha conclusión se encuentra muy alejada de la realidad. Cuando los contratistas se movilizen a las zonas donde se van a realizar las obras en busca del personal local adecuado para que puedan desarrollar las actividades, van a encontrarse en una situación de incertidumbre, en donde aún así se tenga la intención de contratar a personas de áreas alendañas, no van a encontrar a los profesionales necesarios, personas que sepan sobre las labores que se tienen que realizar y, por tanto, lo único que se va a producir es un retraso por parte de los contratistas en el desarrollo de la obra o grandes costos de capacitación, generando finalmente grandes sobrecostos e ineficiencias para el país.

Por tal motivo, así la propuesta legislativa, bajo los principios de equidad e incluisón, tenga como iniciativa brindarle trabajo formal a personas que viven en lugares no desarrollados, donde las oportunidades laborales estables son escasas y sus ganas de salir adelante se vean frustadas por la poca concurrencia que hay en dichas zonas, la modificación propuesta no es la solución y no debería ser considerada ni siquiera como una alternativa ya que su aplicación a la realidad generaría más desventajas que beneficios al Perú, contraviniendo completamente el espíritu del Proyecto de Ley.

JIMENA ORDOÑEZ
jimena.ordonez@revoredo.pe