En los últimos años, el auge del comercio electrónico ha venido acompañado de una peligrosa tendencia: la proliferación de descuentos engañosos. Ofertas llamativas que, lejos de representar un beneficio real para los consumidores, esconden prácticas desleales de manipulación de precios. En respuesta, el INDECOPI ha intensificado su fiscalización y ha establecido criterios jurídicos vinculantes que todo proveedor debe tener en cuenta.

Te contamos lo más relevante de la Guía sobre Fiscalización de Promociones con Descuentos Engañosos (ver aqui) y el precedente vinculante aprobado por el INDECOPI, publicado en el diario oficial El Peruano en enero del 2022 (ver aqui).


🎯 ¿Qué se considera un descuento engañoso?

Según el Indecopi, se trata de promociones que aparentan ofrecer rebajas sobre un “precio regular”, cuando en realidad este precio ha sido inflado artificialmente para dar la falsa sensación de ahorro. Así, el consumidor cree estar accediendo a una oportunidad única, cuando en verdad paga lo mismo que siempre o incluso más.


⚖️ Precedente de observancia obligatoria

A través de la Resolución N° 186-2021/CCD-INDECOPI, se sancionó a la empresa Conecta Retail S.A. (Tiendas EFE) por anunciar la venta de un televisor con un supuesto descuento de S/ 899 a S/ 699. Sin embargo, se comprobó que el precio “anterior” no era real ni representativo del mercado, lo que indujo a error al consumidor.

Este caso fue elevado a precedente vinculante, estableciendo reglas claras:

✅ Las promociones deben compararse con precios ordinarios efectivamente vigentes,

✅ Deben tener carácter excepcional y temporal,

✅ No deben basarse en “precios referenciales” ficticios,

✅ El proveedor debe poder acreditar documentalmente la veracidad del precio anterior.


🔎 Herramientas modernas para detectar estas prácticas

En países como Chile, el organismo SERNAC ya utiliza herramientas tecnológicas como web scraping para monitorear precios durante eventos como Cyber Days. Estas acciones permiten detectar variaciones sospechosas y realizar sanciones efectivas.


🛡️ ¿Qué recomienda el INDECOPI?

La Guía de Fiscalización elaborada en el marco del Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAGC) señala que los proveedores deben:

Asegurar la transparencia en los precios anunciados,

Verificar la vigencia y representatividad del precio referencial,

Documentar adecuadamente la existencia de la promoción,

Evitar prácticas sistemáticas de precios ficticios.

Además, el Indecopi promueve la educación del consumidor y la cooperación internacional para prevenir este tipo de actos desleales.


👩‍⚖️ ¿Qué implica esto para las empresas en Perú?

Con este precedente, las reglas están claras. Las promociones deben ser veraces, verificables y no deben inducir al error. De lo contrario, podrían ser consideradas actos de competencia desleal, sancionables incluso con multas, medidas correctivas y su inscripción en el Registro de Infractores del Indecopi.

En Revoredo Abogados ayudamos a las empresas a revisar sus campañas publicitarias y promociones, asegurando su conformidad con la normativa vigente. Nuestro equipo especializado en competencia desleal y protección al consumidor está listo para asesorarte.


📩 ¿Tienes dudas sobre tus promociones?

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